IVA reducido del 10 % en reformas de vivienda: requisitos y cómo aplicarlo
Un 11 % de ahorro automático en la mayoría de reformas de vivienda que muchas empresas aplican mal o no aplican. Así funciona y qué tienes que firmar.
- Cuantía
- 11 puntos menos de IVA (10 % en vez de 21 %)
- En una reforma de 30.000 € + IVA: 3.300 € de ahorro directo
- Plazo
- Permanente (Ley 37/1992, art. 91). Sin solicitud: se aplica en factura con declaración del cliente
- Organismo
- Agencia Tributaria (AEAT) · Ley 37/1992 del IVA, art. 91
- Fiscal (IRPF / IVA)IVA reducido
Obras que entran
- ✓Reforma integral, de baños y cocinas (obra y colocación)
- ✓Albañilería, fontanería, electricidad, pintura, carpintería instalada
- ✓Sustitución de ventanas si el material no supera el 40 % de la factura total
- ✓Instalación de aire acondicionado o aerotermia dentro de una reforma (misma condición del 40 %)
- ✓Reparaciones y mantenimiento en vivienda
- ✓Obras en elementos comunes contratadas por la comunidad de propietarios
Requisitos
- •Vivienda terminada o rehabilitada hace más de 2 años
- •Destinatario persona física que utiliza la vivienda para uso particular (no empresa, no actividad económica) o comunidad de propietarios
- •Coste de los materiales aportados por la empresa ≤ 40 % de la base imponible de la obra (mano de obra ≥ 60 %)
- •Declaración firmada del cliente de que concurren los requisitos (la empresa la conserva)
- •La misma empresa ejecuta y aporta materiales en una sola factura de ejecución de obra
Compatibilidades
- ▸No aplica a venta de materiales sin instalación ni a muebles de cocina, electrodomésticos o mobiliario (21 %)
- ▸No aplica a viviendas de alquiler turístico explotadas como actividad económica ni a locales
- ▸Si el material supera el 40 %, toda la factura va al 21 % (no se prorratea)
- ▸Totalmente compatible con deducción IRPF, Next Generation, ICIO bonificado y adecuación funcional
Reforma integral de 85 m² en Triana
- —Base imponible total: 42.000 €
- —Materiales aportados por Vega Home: 15.100 € (36 %) → cumple el límite del 40 %
- —Muebles de cocina y electrodomésticos facturados aparte: 7.800 € al 21 %
- —IVA al 10 % sobre 42.000 €: 4.200 € (al 21 % habrían sido 8.820 €)
Ahorro directo: 4.620 €. La cocina y los electrodomésticos no entran en el tipo reducido y se facturan al 21 % en línea separada, lo que es lo correcto y evita que toda la factura pase al 21 %.
Cómo solicitarla, paso a paso
Documentos necesarios: Documento que acredite la antigüedad de la vivienda (escritura, nota simple o catastro) · Declaración firmada de cumplimiento de requisitos (modelo de la empresa) · Factura de ejecución de obra con base al 10 %.
Verifica los tres requisitos con la empresa
Antigüedad de la vivienda superior a 2 años (escritura, cédula o catastro), uso particular, y proporción de materiales. En reformas integrales la mano de obra supera casi siempre el 60 %; en cambios de ventanas o aerotermia "solos" hay que comprobarlo partida a partida.
Firma la declaración de cumplimiento de requisitos
La empresa te entrega un modelo de declaración (un folio) en el que afirmas que la vivienda es de uso particular, tiene más de 2 años y que el material no supera el 40 %. Vega Home lo incluye con el contrato.
Pide presupuesto y factura como "ejecución de obra"
La factura debe describir la obra como ejecución de obra de renovación/reparación en vivienda, con una sola base imponible al 10 %. Las partidas que no cumplen (muebles de cocina, electrodomésticos) van en factura o línea aparte al 21 %.
Conserva la documentación 4 años
Declaración firmada, factura y justificantes. En caso de comprobación de Hacienda a la empresa, la declaración es la que acredita la aplicación correcta del tipo reducido.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa el límite del 40 % en materiales?
¿La cocina y los electrodomésticos llevan IVA del 10 %?
¿Vale para una segunda residencia en la playa?
¿Y si la empresa no quiere aplicar el 10 %?
¿Qué pasa si firmo la declaración y no cumplo los requisitos?
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